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COMPARACIONES ODIOSAS. RESTAURACIÓN DE FACHADAS vs. RECICLAJE DE LOLAS
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[Por el Dr. Daniel Butlow] Desde tiempos lejanos y muy probablemente influenciados por lo que escribió Marco Vitruvio en sus "10 libros de Arquitectura" (Año 4 A.C.) los arquitectos primero y los ingenieros después, han sentido la necesidad de comparar sus relaciones profesionales con la labor que desarrollan los médicos. Más recientemente Walter Gropius, el creador de la Bauhaus, vuelve a tocar este tema en su libro "Alcances de la arquitectura integral", haciéndolo también Wrigth en su obra "El futuro de la Arquitectura" y Le Corbusier en "La casa del hombre". En nuestro medio disponemos de un libro de Livingston titulado "Cirugía de casas", de diversos tratados sobre patología de la construcción y hasta de estudios sobre casas que enferman y diagnósticos sobre envejecimientos prematuros de la construcción.

Ha llegado a mis manos un estudio sobre mastoplastía aumentativa con inclusión mamaria, que a los fines comprensivos traduzco libremente como "reciclaje de lolas" y es mi intención efectuar la odiosa comparación sobre la responsabilidad que surge de esta intervención quirúrgica, con la responsabilidad que asume un arquitecto o ingeniero cuando restaura una fachada edilicia.

1) ROLES PROFESIONALES
Un cirujano actúa en su obra como proyectista, director de obra y constructor de la misma. Dichos roles se encuentran confundidos y permitidos. Para un arquitecto en cambio, se encuentra prohibido por las normas de ética ejercer la dirección de obra y a la par ser contratista total o parcial. Además, asumir el carácter de constructor le genera inmediatamente la calidad de responsable por las normas de higiene y seguridad del trabajo y empleador de los obreros de la construcción, lo cual puede ocurrir incluso sin que el profesional se haya dado cuenta, como sucede por ejemplo en la dirección ejecutiva de la provincia de Buenos Aires y en la conducción técnica de la provincia de Santa Fe.

2) TRABAJO EN EQUIPO
En caso de mala praxis un paciente ofendido ejercitará su acción contra la Obra Social, contra el Sanatorio u Hospital donde fue atendido y contra los integrantes del equipo médico que lo operaron. El arquitecto o ingeniero es muy probable que estén solos a la hora de las responsabilidades o que compartan su soledad con las firmas que han suscripto en la encomienda profesional o en los planos municipales.

3) SEGUROS
Casi todos los profesionales médicos se encuentran asegurados. Casi todos los profesionales de la construcción no poseen seguro. Sucede que las compañías aseguradoras son empresas comerciales y no uniones de benevolencias y socorros mutuos.

4) PROYECTO
No existen leyes que determinen cuál es el contenido de un proyecto de operación y mucho menos que obliguen al cirujano a registrar o a aprobar este proyecto. Por el contrario las leyes arancelarias y los Códigos de Edificación y Planeamiento determinan los contenidos mínimos del proyecto que debe ser aprobado o cuanto menos registrado por el Poder de Policía de la Edificación.

5) DIRECCIÓN DE OBRA
No existiendo proyecto registrado para la operación resulta muy difícil inculpar a un médico cirujano por errores en su dirección de obra. Es todo lo contrario de lo que sucede en materia de direcciones de obra de arquitectura o ingeniería, donde encontrándose definida la dirección de obra como el control de la fiel interpretación de los planos, resulta muy sencillo descubrir el incumplimiento.

6) PUBLICIDAD DE LOS ACTOS
Jamás se ha visto en ninguna sala de operaciones un "cartel de obra" indicando quien esta a cargo de la operación, cual es su domicilio y cual es el expediente en el que se aprobó el proyecto. Es todo lo contrario de lo que sucede con los profesionales de la construcción que en sus carteles de obra jamás hacen aparecer el nombre del comitente de la misma o del dueño del terreno donde la obra se levantará.

7) RESULTADO CIENTIFICO
Más allá de que algunos consideren a la arquitectura como una ciencia (Alvar Aalto) y otros no (Lucio Costa), ningún profesional de la construcción se atrevería a hacerle firmar a su comitente lo que indica el punto 5 de la Disposición 1245/795 AMAT que todo candidato a operación debe firmar obligatoriamente. El texto de este consentimiento informado para operaciones de cirugía plástica dice "soy consciente que la práctica de la medicina y la cirugía no es una ciencia exacta y reconozco que a pesar de que el cirujano me ha informado adecuadamente del resultado deseado de la operación, no se me ha garantizado el éxito ni la obtención del mismo".

8) VICIOS
Proyectista, director de obra y constructores son, arquitectónicamente hablando, responsables por los vicios de la construcción, que pueden darse en el proyecto, en la ejecución de la obra y que pueden ser aparentes u ocultos. Es cierto que también un cirujano plástico responde por los vicios de la operación, pero claro está que previo a la operación (disposición 1245/795 AMAT) el paciente debe firmar un consentimiento por el cual declara saber que dicha intervención quirúrgica puede provocarle inflamación, decoloración de la piel, trastornos de la conducción nerviosa periférica, hemorragias y otras complicaciones propias de la anestesia.

9) RUINA
De acuerdo al artículo 1646 del Código Civil, constructor, proyectista y director responden por ruina parcial o total por un plazo de hasta 10 años posteriores al recibo de la obra. Dicha ruina puede provenir de vicios de suelo, de vicios de construcción o vicios de materiales. Esto no ocurre en la cirugía plástica donde el paciente debe firmar (punto c de la disposición 1245/795 AMAT) el texto que se transcribe: "se me ha informado que ante la comprobación de la ruptura del implante, el mismo debe ser extirpado incluyendo la cápsula fibrosa que lo rodea pudiéndose recambiar o no la prótesis en el mismo acto quirúrgico según sea el caso".

10) VARIACIÓN DEL PROYECTO
Por disposición del artículo 1633 bis del Código Civil, el empresario no podrá variar el proyecto de la obra sin permiso por escrito del dueño. Exactamente lo contrario sucede en el caso de las operaciones de cirugía plástica donde el paciente declara con anticipación que durante el curso de la operación pueden surgir condiciones imprevistas o extras o diferentes a las acordadas anteriormente, facultándose entonces al cirujano plástico a realizar todas las intervenciones necesarias y deseables a su juicio profesional para resolver la situación planteada, naturalmente a costa del intervenido quirúrgicamente.

Advertí en el título de este artículo aquella verdad de Perogrullo que señala que todas las comparaciones son odiosas, pero a la luz del principio constitucional según el cual, todos los habitantes son iguales ante la ley, el examen que se ha realizado parece arrojar una injusticia. El propio Wright enseñó en sus libros que los médicos podían enterrar sus errores, mientras que los arquitectos sólo podían plantar enredaderas. Al margen de que nadie ha podido plantar enredaderas sobre un proyecto, creo que las enredaderas del siglo XXI son el conocimiento, el estudio y por supuesto los buenos y nuevos contratos de arquitectura. Espero comentarios...

 
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Acerca del autor de esta nota:

Daniel Enrique Butlow es Abogado y Profesor Titular de Arquitectura e Ingeniería Legal (UP, UNSJ, UNLAR).

Más información
http://www.arquilegal.com

 
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